El Consejo de Ministros ha aprobado la nueva
fecha para la finalizaci贸n del proceso de liberaci贸n de la banda de 700MHz,
conocido como Segundo Dividendo Digital, que ser谩 el pr贸ximo 31 de
octubre de 2020.
Esta nueva fecha es consecuencia de la situaci贸n excepcional provocada
por la crisis sanitaria del COVID-19, ya que las medidas de distanciamiento
social y restricci贸n de movilidad implantadas durante el estado de alarma
obligaron a ralentizar la ejecuci贸n de las actuaciones para la liberaci贸n de
estas frecuencias, necesarias para el despliegue de las futuras redes 5G.
El pasado 30 de marzo Espa帽a comunic贸 a la Uni贸n Europea que, tal y
como establece la norma por causas de fuerza mayor y estaba ocurriendo
en otros pa铆ses, la situaci贸n provocada por el COVID-19 imped铆a completar
el proceso para el 30 de junio de 2020, plazo establecido en la Decisi贸n
2017/899 del Parlamento Europeo y del Consejo.
En consecuencia, se produce tambi茅n el aplazamiento de la licitaci贸n de
la banda de frecuencias de 700Mhz para servicios 5G, que, tal y como anunci贸 el pasado mayo la vicepresidenta tercera y ministra de Asuntos
Econ贸micos y Transformaci贸n Digital, Nadia Calvi帽o, se producir谩 en el
primer trimestre de 2021.
La nueva fecha para completar el proceso del Segundo Dividendo Digital
se ha establecido teniendo en cuenta la finalizaci贸n del estado de alarma,
el Plan para la Transici贸n hacia una Nueva Normalidad y despu茅s de
analizar la situaci贸n de los trabajos realizados hasta la fecha en toda
Espa帽a.
Por otra parte, las emisiones en simulcast (emisi贸n simult谩nea de un canal
de televisi贸n a trav茅s de las frecuencias nueva y antigua) se van a
mantener hasta el 30 de septiembre, con el fin de facilitar a los usuarios la
adaptaci贸n de sus instalaciones para recibir las nuevas frecuencias
planificadas.
Las tareas de liberaci贸n del Segundo Dividendo Digital que han de ejecutar
los distintos agentes se deber谩n seguir realizando, en cualquier caso,
siguiendo siempre las instrucciones dictadas por las autoridades
sanitarias. En concreto, el personal t茅cnico que realice actuaciones en los
edificios y domicilios particulares deber谩 adoptar las medidas de
prevenci贸n necesarias, como el distanciamiento social, la utilizaci贸n de
mascarillas y guantes desechables o soluciones desinfectantes.